
22/09/2026
Pagar correctamente los impuestos de hoy no significa que todas las consecuencias fiscales estén reconocidas
Una empresa puede presentar oportunamente su declaración del impuesto sobre la renta, pagar correctamente el monto determinado por la legislación tributaria y, aun así, tener una obligación fiscal futura que todavía debe reconocerse en sus estados financieros.
Ese es uno de los principales objetivos de la NIC 12 – Impuesto a las ganancias: representar no solamente el impuesto correspondiente al periodo actual, sino también las consecuencias tributarias futuras derivadas de los activos y pasivos que la empresa mantiene registrados.
La NIC 12 diferencia el impuesto corriente del impuesto diferido. El primero corresponde al impuesto por pagar o recuperar relacionado con la utilidad fiscal del periodo; el segundo surge principalmente de diferencias entre el importe contable de activos y pasivos y su respectiva base fiscal.
La consecuencia económica puede ser significativa: una empresa podría mostrar menos pasivos, mayor patrimonio o una utilidad incorrecta si estas diferencias no se identifican y miden apropiadamente.
Contabilidad y tributación responden preguntas diferentes
Por eso no deberían esperarse resultados idénticos.
Por ejemplo, una empresa puede depreciar contablemente una maquinaria según su vida útil económica, mientras que para efectos fiscales la deducción puede seguir reglas diferentes. También puede reconocer una provisión contable hoy cuya deducibilidad tributaria ocurra en un periodo posterior.
La diferencia no significa necesariamente que alguna de las dos mediciones esté equivocada.
La NIC 12 busca identificar qué efecto tributario tendrá esa diferencia cuando el activo sea recuperado o el pasivo sea liquidado.
El concepto fundamental: diferencias temporarias. Una diferencia temporaria es la diferencia entre el importe en libros de un activo o pasivo y su base fiscal. Puede producir importes imponibles o deducibles en periodos futuros.
Veamos un caso sencillo. Una empresa posee una maquinaria con:
Valor contable: ₡120 millones
Base fiscal: ₡80 millones
Existe una diferencia temporaria de:
₡40 millones
Para efectos exclusivamente ilustrativos utilizaremos una tasa del 30 %.
₡40 millones × 30 % = ₡12 millones
Bajo los supuestos del ejemplo, existiría:
Un pasivo por impuesto diferido de ₡12 millones
¿Por qué?
Porque la empresa espera recuperar contablemente ₡120 millones mediante el uso o realización del activo, pero su base fiscal disponible es de ₡80 millones. Esa diferencia provocará consecuencias tributarias futuras a medida que se recupere el activo.
La NIC 12 requiere, con determinadas excepciones, reconocer pasivos por impuesto diferido sobre las diferencias temporarias imponibles.
¿Qué ocurre si no se reconoce?
Supongamos que la empresa reporta antes del ajuste:
Pasivos: ₡300 millones
Patrimonio: ₡500 millones
Si omite un pasivo por impuesto diferido de ₡12 millones, podría estar presentando una posición financiera artificialmente más favorable.
Los pasivos estarían subestimados y el patrimonio podría quedar sobrevalorado, dependiendo del origen de la diferencia y de dónde corresponda reconocer el efecto tributario.
El punto clave es este:
Que el impuesto no tenga que pagarse hoy no significa que su efecto económico futuro pueda ignorarse.
También existen activos por impuesto diferido
La NIC 12 funciona en ambas direcciones. Supongamos ahora que una empresa reconoce contablemente una provisión de:
₡20 millones
pero esa provisión únicamente será deducible fiscalmente cuando se realice el pago.
Utilizando nuevamente una tasa ilustrativa del 30 %:
₡20 millones × 30 % = ₡6 millones
Podría existir un:
Activo por impuesto diferido de ₡6 millones
Ese activo representa, conceptualmente, un beneficio tributario futuro pero existe una condición fundamental: los activos por impuesto diferido derivados de diferencias deducibles se reconocen en la medida en que sea probable disponer de ganancias fiscales futuras contra las cuales puedan utilizarse.
Por eso no basta con hacer la multiplicación. Una empresa con pérdidas recurrentes no debería reconocer automáticamente grandes activos por impuestos diferidos simplemente porque matemáticamente existen.
La recuperabilidad debe sustentarse.
Caso práctico: el impuesto pagado no siempre es el gasto contable por impuesto
Supongamos una empresa con:
Utilidad contable antes de impuestos: ₡100 millones
Después de aplicar los ajustes establecidos por la legislación tributaria, obtiene:
Utilidad fiscal: ₡70 millones
Con una tasa ilustrativa del 30 %, el impuesto corriente sería:
₡21 millones
Alguien podría concluir que ese es también el gasto tributario total del periodo.
Pero imaginemos que durante el mismo ejercicio se genera adicionalmente:
₡9 millones de gasto por impuesto diferido.
Entonces:
Impuesto corriente: ₡21 millones
Impuesto diferido: ₡9 millones
Gasto total por impuesto: ₡30 millones
La diferencia es importante.
Pagar ₡21 millones no significa necesariamente que el efecto contable del impuesto sea únicamente ₡21 millones.
Diferencias temporarias y diferencias permanentes no son iguales. Este es uno de los errores más comunes al preparar conciliaciones fiscales.
Una diferencia temporaria aparece en un periodo, pero se espera que revierta posteriormente. Puede generar impuesto diferido.
Una diferencia permanente, en cambio, no se revertirá.
Imagine un gasto que contablemente es reconocido correctamente, pero que según la legislación fiscal nunca será deducible.
Ese gasto puede modificar la tasa efectiva de impuestos, pero no necesariamente genera un activo por impuesto diferido, porque no existe una deducción futura que esperar.
Comprender esta diferencia evita crear activos o pasivos fiscales que no corresponden.
¿Por qué importa económicamente?
Una correcta aplicación de NIC 12 permite comprender cuánto de la utilidad pertenece económicamente a los accionistas y cuánto está asociado con obligaciones fiscales presentes o futuras.
También puede modificar el análisis de:
Valoración empresarial. En procesos de compra o venta de empresas, los impuestos diferidos pueden afectar el valor económico de los activos netos.
Endeudamiento. Un pasivo por impuesto diferido omitido puede mejorar artificialmente determinadas razones financieras.
Rentabilidad. Una medición incorrecta del gasto por impuestos distorsiona la utilidad neta y la tasa efectiva.
Planeación. Conocer cuándo revertirán las diferencias permite anticipar futuras necesidades de caja.
Auditoría. Las conciliaciones entre bases contables y fiscales suelen requerir evidencia detallada y trazabilidad.
Un error especialmente delicado: reconocer activos que quizá nunca puedan utilizarse
Supongamos que una empresa acumula pérdidas fiscales y calcula un beneficio tributario potencial de:
₡50 millones
Reconocer automáticamente esos ₡50 millones como activo podría mejorar significativamente el resultado y el patrimonio.
Pero si la empresa no posee evidencia suficiente de que generará ganancias fiscales futuras para aprovechar esas pérdidas, el activo podría estar sobrevalorado.
Por eso las proyecciones financieras utilizadas para sustentar la recuperación de impuestos diferidos deben ser razonables y coherentes con la situación real del negocio.
Cinco preguntas para revisar la NIC 12 en su empresa
Si estas respuestas requieren reconstruir varios años de información, probablemente existe una oportunidad para fortalecer la metodología.
El beneficio del beneficio. La correcta aplicación de NIC 12 genera una cadena muy concreta:
Conciliar contabilidad y tributación
→ identificar consecuencias fiscales futuras
→ medir mejor pasivos, activos y utilidad
→ anticipar necesidades de efectivo
→ mejorar valoraciones y decisiones financieras
→ reducir sorpresas fiscales y contables.
El verdadero beneficio no consiste en utilizar la NIC 12 para “pagar menos impuestos”.
Consiste en comprender mejor el impacto financiero de los impuestos que la empresa pagará o recuperará a medida que sus activos y pasivos se realicen.
Conclusión
Una declaración tributaria correctamente presentada responde cuánto impuesto corresponde al periodo fiscal.
Fuente: IFRS
Elaboración propia