¿Cuánto ganan realmente los diputados en Costa Rica?


Estructura, naturaleza legal y lo que muchas personas no conocen.  El salario de los diputados en Costa Rica es uno de los temas que con mayor frecuencia genera debate público. Sin embargo, pocas veces se analiza cómo está estructurada realmente su remuneración, cuál es su naturaleza legal y qué rebajos se aplican.


Para comprenderlo correctamente es necesario revisar la normativa vigente, particularmente la Ley N.° 7352, que regula la remuneración de los legisladores.


1. ¿Cuál es el salario de un diputado en Costa Rica?

Actualmente, los diputados reciben una remuneración mensual bruta de aproximadamente ¢4.000.714,75.


Esta remuneración se compone de dos rubros principales:



Las dietas corresponden al pago por participar en las sesiones del Plenario Legislativo y en los distintos órganos parlamentarios.


Los gastos de representación buscan cubrir costos asociados a la función pública del diputado, como reuniones, representación política y actividades vinculadas al cargo.


2. Las ausencias sí afectan el ingreso

Un aspecto poco conocido es que las dietas pueden reducirse.


Si un diputado incurre en inasistencias injustificadas a sesiones del Plenario o comisiones, se produce una disminución proporcional en el pago de dietas.


Esto significa que el ingreso completo depende del cumplimiento efectivo de las funciones legislativas.


3. ¿El salario de los diputados es realmente un salario?

Desde el punto de vista jurídico, no se considera un salario tradicional.

La razón es que los diputados no mantienen una relación laboral o estatutaria con la Asamblea Legislativa.

Su nombramiento proviene de:

  • La elección popular
  • La declaratoria oficial del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE)


Por lo tanto, su remuneración tiene una naturaleza especial vinculada al ejercicio de un cargo de representación democrática, no a una relación laboral ordinaria.


4. Aun así, sí pagan cargas sociales e impuestos

Aunque su remuneración tiene naturaleza distinta a un salario, sí está sujeta a rebajos legales, entre ellos:

  • Cotización a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS)
  • Impuesto sobre la renta
  • Otros descuentos establecidos por ley


Esto significa que el monto neto recibido por los diputados es inferior al bruto indicado.


5. El contexto económico: ¿cómo se compara este ingreso?

Para dimensionar esta remuneración dentro de la economía nacional:

  • Salario promedio formal en Costa Rica: aproximadamente ¢700.000 – ¢800.000
  • Remuneración de un diputado: ¢4.000.714


Esto implica que el ingreso legislativo equivale aproximadamente a 5 o 6 salarios promedio del país.


No obstante, también debe considerarse que el cargo implica:

  • Alta responsabilidad política
  • Representación nacional
  • Alta exposición pública
  • Toma de decisiones sobre leyes, presupuesto y política pública


6. El verdadero debate: transparencia y desempeño

Más allá del monto, el debate ciudadano suele centrarse en tres aspectos clave:

  • Productividad legislativa
  • Transparencia en el uso de recursos públicos
  • Responsabilidad política ante los votantes
  • ROI. ¿Cuál es el retorno para el país?


En una democracia madura, la discusión no debería enfocarse únicamente en cuánto ganan los diputados, sino también en qué resultados generan para el país.



Por otro lado, Costa Rica se ubica en el puesto 20 (un nivel medio-alto) dentro de la OCDE con respecto a dieta parlamentaria, con un costo per cápita de $1.01.  


Cuando se compara con el ingreso promedio del país, la brecha es mayor que en algunas economías más grandes.


Conclusión


El salario de los diputados en Costa Rica tiene una estructura particular, definida por ley y basada en dietas y gastos de representación.


Aunque no constituye un salario tradicional, sí está sujeto a rebajos legales y depende parcialmente del cumplimiento de funciones legislativas.


La discusión pública debería evolucionar hacia una pregunta más relevante:


¿Está el país obteniendo valor institucional, legislativo y democrático acorde con esta remuneración?


FUENTE OCDE, Asamblea Legislativa

Elaboración datos propios