7 de julio 2026


Resumen

Costa Rica avanza hacia un nuevo modelo de supervisión financiera con la aprobación de una reforma que incorpora a los proveedores de servicios de activos virtuales dentro del sistema nacional de prevención del lavado de dinero. La normativa, que entra en vigor el 19 de septiembre de 2026, establece la obligación de que los exchanges y custodios de criptomonedas se registren ante la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), implementen procedimientos de conocimiento del cliente (KYC) y reporten operaciones sospechosas.


Aunque la reforma no reconoce las criptomonedas como moneda de curso legal, sí crea un marco regulatorio que fortalece la transparencia del ecosistema digital y alinea al país con las recomendaciones internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).


1. Introducción

Durante la última década, el mercado mundial de activos virtuales ha experimentado un crecimiento acelerado. Según diversos estudios internacionales, la capitalización global del mercado de criptomonedas supera varios billones de dólares en los períodos de mayor actividad, mientras millones de personas utilizan estos activos para inversión, remesas, pagos y financiamiento descentralizado (DeFi).


Este crecimiento también ha incrementado los riesgos relacionados con:

  • Lavado de dinero.
  • Financiamiento del terrorismo.
  • Fraudes financieros.
  • Evasión tributaria.
  • Delitos cibernéticos.


En respuesta, numerosos países han fortalecido sus marcos regulatorios, y Costa Rica se incorpora ahora a esta tendencia.


2. ¿Qué establece la nueva regulación?

La reforma incorpora a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (VASP) dentro del sistema nacional de prevención del lavado de dinero.

Entre las principales obligaciones destacan:

  • Registro obligatorio ante la SUGEF.
  • Identificación formal de clientes (KYC).
  • Conservación de expedientes.
  • Monitoreo permanente de operaciones.
  • Reporte de operaciones sospechosas.
  • Implementación de programas internos de cumplimiento.
  • Gestión de riesgos.
  • Capacitación del personal.
  • Controles de auditoría.

Estas obligaciones son similares a las exigidas actualmente para bancos, cooperativas y otras entidades financieras supervisadas.


3. ¿Quiénes deberán cumplir?

La regulación alcanza principalmente a:

  • Exchanges de criptomonedas.
  • Plataformas de compra y venta de activos virtuales.
  • Empresas custodias de criptoactivos.
  • Intermediarios especializados.
  • Empresas fintech que administren activos virtuales.


Los usuarios individuales no estarán sujetos al régimen de supervisión, aunque deberán cumplir con los procesos de identificación establecidos por las plataformas reguladas.


4. Relación con las recomendaciones del GAFI

El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) recomienda que todos los países supervisen a los proveedores de servicios de activos virtuales mediante controles equivalentes a los del sistema financiero tradicional.

Entre las principales recomendaciones destacan:

  • Identificación de clientes.
  • Debida diligencia.
  • Reporte de operaciones sospechosas.
  • Conservación de información.
  • Cooperación internacional.
  • Supervisión basada en riesgos.


La nueva legislación costarricense fortalece el cumplimiento de estos estándares internacionales.


5. Impacto financiero para Costa Rica

5.1 Mayor confianza del sistema financiero

Uno de los principales beneficios será el fortalecimiento de la confianza institucional.

La existencia de reglas claras facilita que:

  • Bancos.
  • Inversionistas.
  • Fondos internacionales.
  • Empresas tecnológicas.

participen con menor incertidumbre jurídica.


5.2 Mayor inversión extranjera

Los inversionistas institucionales suelen evitar mercados con ausencia de regulación.

La nueva normativa puede contribuir a:

  • atraer empresas fintech internacionales;
  • fomentar inversiones tecnológicas; y
  • ampliar el ecosistema de innovación financiera.


5.3 Incremento de costos de cumplimiento

Las empresas del sector deberán invertir en:

  • software de monitoreo;
  • oficiales de cumplimiento;
  • auditorías;
  • capacitación;
  • gestión documental;
  • controles tecnológicos.

Para emprendimientos pequeños, estos costos pueden ser significativos.


6. Impacto sobre las fintech

Costa Rica cuenta con un ecosistema fintech en crecimiento.

La regulación puede generar dos efectos:

Positivos

  • Mayor legitimidad.
  • Acceso más sencillo al sistema bancario.
  • Atracción de capital.
  • Mayor confianza de clientes.

Negativos

  • Barreras de entrada más altas.
  • Incremento de costos operativos.
  • Mayor carga regulatoria.


7. Impacto para inversionistas

Para quienes invierten en criptomonedas, la regulación ofrece beneficios importantes.

Entre ellos:

  • Plataformas más seguras.
  • Mayor protección frente al fraude.
  • Procesos de identificación más robustos.
  • Mayor transparencia.


Sin embargo, también implica:

  • mayor recopilación de información personal;
  • trazabilidad de operaciones; y
  • mayores controles regulatorios.


8. Riesgos que permanecen

La regulación no elimina los riesgos propios del mercado.

Persisten factores como:

  • alta volatilidad;
  • ciberataques;
  • estafas;
  • pérdida de claves privadas;
  • riesgos tecnológicos;
  • variaciones extremas de precio.


La supervisión fortalece la integridad del sistema, pero no garantiza la rentabilidad de las inversiones.


9. Comparación internacional



Esta convergencia mejora la interoperabilidad del sistema financiero costarricense con mercados internacionales.


10. Oportunidades para las empresas

Las organizaciones que adopten tempranamente los nuevos estándares podrán:

  • fortalecer su reputación;
  • acceder a alianzas internacionales;
  • atraer inversionistas;
  • reducir riesgos legales;
  • mejorar su gobierno corporativo;
  • incrementar la confianza de clientes y proveedores.


11. Desafíos para la implementación

Los principales retos serán:

  • capacidad supervisora de la SUGEF;
  • adaptación tecnológica de las empresas;
  • capacitación del talento especializado;
  • coordinación entre autoridades;
  • equilibrio entre innovación y regulación.


El éxito dependerá de que la normativa proteja la integridad del sistema sin limitar el desarrollo de la innovación financiera.


Conclusiones

La entrada en vigor de esta regulación representa un cambio estructural para el ecosistema de activos virtuales en Costa Rica. Más que restringir el uso de criptomonedas, establece un marco de transparencia y supervisión alineado con estándares internacionales, fortaleciendo la confianza en el mercado y reduciendo riesgos asociados al lavado de dinero.


Desde una perspectiva económica, el impacto puede ser positivo al mejorar la percepción del país como destino para inversiones fintech y facilitar la integración con el sistema financiero internacional. No obstante, el incremento de los costos de cumplimiento exigirá una adecuada planificación por parte de las empresas del sector.


El desafío para Costa Rica será mantener un equilibrio entre la prevención de delitos financieros y la promoción de la innovación tecnológica. Si la implementación es eficiente y proporcional al riesgo, esta reforma puede consolidar al país como un entorno más seguro y competitivo para el desarrollo de la economía digital.


IMPACTO NIIF´s


Una observación importante


Esta nueva regulación también podría acelerar la emisión de una guía técnica por parte del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, o de criterios de la Dirección General de Tributación sobre el tratamiento contable y fiscal de los criptoactivos.


Actualmente, uno de los principales desafíos para las empresas costarricenses no es la ausencia de regulación contra el lavado de dinero, sino la falta de lineamientos específicos sobre:

  • reconocimiento contable;
  • medición posterior;
  • tributación de ganancias y pérdidas;
  • presentación en los estados financieros;
  • tratamiento de los criptoactivos bajo NIIF.


Ese será, probablemente, el siguiente gran tema de discusión técnica para contadores, auditores y reguladores en Costa Rica


Referencias

  • Asamblea Legislativa de Costa Rica. Reforma legal sobre proveedores de servicios de activos virtuales.
  • Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF). Normativa de prevención de legitimación de capitales.
  • Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI/FATF). Recomendaciones sobre activos virtuales y proveedores de servicios de activos virtuales.
  • Banco Central de Costa Rica. Documentos y criterios sobre innovación financiera y activos digitales.
  • Fondo Monetario Internacional (FMI). Global Financial Stability Report.
  • Banco de Pagos Internacionales (BIS). Informes sobre activos digitales y estabilidad financiera.


Elaboración propia