El canon de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) es una contribución anual que realizan los sujetos obligados.  Las Asociaciones Solidaristas son sujetas a supervisión por medio de la SUGEF. 


El marco normativo que afecta a las solidaristas en cuanto al cannon anual que deben de pagar, se ampara en:

 

  1. Ley Reguladora del Mercado de Valores, N° 7732, artículos 174 y 175.
  2. Reforma Ley Reguladora del Mercado de Valores, Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, Código Penal, Código de Comercio, Ley Reguladora del Mercado de Seguros, Régimen Privado de Pensiones Complementarias, Ley N° 9746.
  3. Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, N° 7786.
  4. Reglamento para la inscripción y desinscripción ante la Sugef de los sujetos obligados que realizan alguna o algunas de las actividades descritas en los artículos 15 y 15 bis de la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, Ley 7786, Acuerdo SUGEF 11-18.
  5. Reglamento para la prevención del riesgo de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, aplicable a los sujetos obligados por los artículos 15 y 15 bis de la ley 7786, Acuerdo SUGEF 13-19.
  6. Reglamento para la Contribución de los Sujetos que realicen Actividades Descritas en los Artículos 15 y 15 bis de la Ley 7786 al Financiamiento del Presupuesto de la Superintendencia General de Entidades Financieras, Decreto Ejecutivo Nº 42820-H, Acuerdo SUGEF 36-20.
  7. Metodología para el cálculo del canon para la contribución de los sujetos obligados por los artículos 15 y 15 bis de la Ley 7786, al financiamiento del presupuesto de la Superintendencia General de Entidades Financieras, aprobado por el CONASSIF, mediante Artículos 7, del acta de las sesiones 618-2020 y 1619-2020, del 9 de noviembre del 2020.


Las asociaciones solidaristas inscritas ante la SUGEF al 31 de diciembre del 2024, son 271.


El monto del canon correspondiente a las asociaciones solidaristas inscritas ante la SUGEF al 31 de diciembre del 2024, es ¢27.425.551,84

 

Se reitera que el ámbito de supervisión de las asociaciones solidaristas a las que se refiere el marco normativo indicado es respecto a materia de LCFTFPADM exclusivamente.