Las PYMES desempeñan un papel clave en la economía global al generar empleo, fomentar la innovación, mejorar la competitividad, impulsar el crecimiento económico y promover el desarrollo social.
¿Qué es la condición PYME?
Consiste en estar al día en el Registro PYME del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), ya sea porque realizó el trámite del Registro PYME por primera vez o que realizó el trámite de renovación.
Es de suma importancia que su empresa pueda estar registrada ante el MEIC, ya que estará fortaleciendo su modelo de negocio pasando a la formalidad. Por otro lado, los clientes tendrán mayor confianza en su gestión y esto tendrá un beneficio de reputación que es un activo intangible.
Para poder registrarse ante el MEIC, deberá aportar DOS de los siguientes TRES requisitos:
- Recibo de la póliza de Riesgos del Trabajo que emite el INS, al día.
- El Formulario de Declaración de Impuesto sobre la Renta: sea el Formulario D101 del Régimen Tradicional o el Formulario D105 del Régimen Simplificado, del último periodo fiscal.
- Planilla de la CCSS o el comprobante de trabajador independiente, donde se demuestre que está al día con las obligaciones ante esa institución. Igual este requisito se puede verificar en línea ante CCSS.
Además de lo anterior debe aportar el Documento “Formulario de Inscripción Registro PYME.
Beneficios del Registro Pyme
Gracias a la Ley 8262 “Ley de Fortalecimiento a las Pymes”, se derivan los siguientes beneficios:
- Participación como proveedor pymes del Estado.
- Financiamiento, avales y garantías por medio del FODEMIPYME del Banco Popular.
- Acceso a fondos no reembolsables para innovación con el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT).
- Servicios de desarrollo empresarial como: charlas, capacitaciones, talleres, entre otros.
- Permiso sanitario de funcionamiento
- Ferias empresariales y encuentros de negocios.
- Tarifa preferencial en la revalidación anual de empresas ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.
- Tarifa diferenciada de $5 a gestores de residuos, micro y pequeñas. Art 1-49 Decreto N° 41526-S-MINAE-H
- Tarifas preferenciales: PYMExpress y Exportafácil.
- Financiamiento del Sistema de Banca para el Desarrollo, INDER y otras entidades.
- Exoneración impuesto personas jurídicas: micro y pequeñas empresas.
- Exoneración IVA alquiler micro y pequeñas empresas, monto menor a Ȼ669,000
- Pago escalonado para patronos ante CCSS para nuevas microempresas hasta 5 empleados.
- Permiso sanitario de funcionamiento microempresas: tarifa única de $20.
- Tarifa preferencial en registros sanitarios para microempresas (20% de la tarifa vigente).
- Período de gracia (no pago) primeros tres años para la certificación de drones ante la Dirección General de Aviación Civil.
- Exoneración escalonada para la micro y pequeña empresa en el pago del impuesto sobre la renta, primeros tres años de operaciones pagan cero impuesto de renta, en el 4to y 5to año reciben un 75% de descuento y en el 6to y ultimo año recibe un 50% de descuento en el impuesto sobre la renta.
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